Tendrán su stand en la Segunda Feria Provincial de la Música: INTÉRPRETES DE LA REGIÓN PODRÁN REGISTRARSE EN AADI
El stand de la Asociación Argentina de Intérpretes se podrá visitar sólo el sábado 21 de abril, en la Feria Provincial de la Música, en EPET N° 8, de 17 a 22 hs.
La Subsecretaría de Cultura de la provincia del Neuquén, informa que la Segunda Feria Provincial de la Música contará con la participación de integrantes de la Asociación Argentina de Intérpretes, que realizarán acciones de promoción y asesoramiento a músicos intérpretes de la región.
En el stand, los músicos podrán asesorarse sobre el cumplimiento de sus derechos de interpretación, contemplado en el art. 56 de la Ley N° 11.723, de Régimen legal de la Propiedad Intelectual. De esta manera, músicos intérpretes y partícipes de una obra, que estén registrados en la AADI, podrán percibir las regalías correspondientes por la difusión de sus obras en emisoras de radios.
El acceso pleno al derecho de propiedad intelectual, otorga a los autores derechos exclusivos para la utilización de sus obras, o autoriza a que otros lo hagan, y recibir así una retribución por ello.
La Asociación Argentina de Intérpretes, entidad sin fines de lucro, es responsable de la administración y distribución de los derechos que indica la ley N° 11.723. Nuclea a todos los artistas intérpretes del país, y representa a los extranjeros, para la administración de sus derechos de interpretación en la Argentina.
Por única vez, los músicos y músicas intérpretes, podrán conocer la institución, y realizar distintos trámites, como la liquidación de las series de derecho de intérpretes pendientes, confección de declaraciones juradas de nuevas grabaciones (registro de obras), y altas de nuevos socios.
Los requisitos para formar parte de la AADI, son:
Para mayores de 18 años:
1- Presentar original y copia de DNI o pasaporte
2- Presentar LP, CASSETTE ó CD (no copias caseras) editados en Argentina, en donde deben figurar el nombre o pseudónimo del autor, en la ficha técnica, para acreditar su participación. Además, deberá ir acompañado con copia de tapa, contratapa y ficha técnica.
3- Si el intérprete es integrante de un conjunto, deberá informar los datos completos de los integrantes del conjunto (nombre y apellido y DNI)
4- Si los integrantes de un conjunto no están especificados en la ficha técnica y figuran con pseudónimos, se deberá adjuntar una certificación original con firma del responsable del sello discográfico o estudio de grabación, acreditando su participación en el conjunto. Esta certificación, deberá ser confeccionada en papel membretado, con los datos del intérprete que utiliza el pseudónimo.
Para menores de 18 años:
1- Al momento de realizar el trámite, además de los requisitos anteriores, deberán estar acompañados por madre, padre o tutor.
2- Presentar partida de nacimiento o certificado de emancipación, en caso de corresponder.
Para intérpretes fallecidos:
1- Los herederos legales, podrán asociar al causante, mediante la presentación de la Declaratoria de Herederos correspondiente.
Fortalecer los lazos institucionales entre organismos que hacen valer los derechos artísticos, y los músicos y músicas, es una tarea que continúa llevando a cabo esta gestión, que una vez más, renueva el compromiso de defender los intereses de todos los artistas de nuestra región.